Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos o ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO, incoada por la ciudadana: DIUBELIS JAQUELINE RODRIGUEZ CAICEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.084.602, contra el ciudadano: JOHN EDERIC GONZALEZ TOVAR, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-18.853.174