Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio 185-A y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a los ciudadanos: BENIGNO CATALINO CORONEL y TERESA PACHON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-348.944 y V-4.545.929, respectivamente, y de este domicilio, desde el día 10 de febrero de 1968, que se celebró por ante la Prefectura del Municipio Crespo, Distrito Girardot del Estado Aragua, (ahora Dirección de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua) según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 62, 1er. Tomo, Año 1968, de los Libros llevados por la Oficina antes mencion.....