Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que unía a ROBERTO EDMUNDO GARCIA JAIMES y ELBA MEDINA MARTÍNEZ, venezolanos, casados, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos: V-4.419.375 y V-4.436.829 y de este domicilio, respectivamente, desde el día 09-10-73, que se celebró por ante la Prefectura José Antonio Páez del Estado Aragua, según consta de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 696, folio 2 y vuelto, de los libros respectivos.
Con respecto al supuesto convenio efectuado entre los cónyuges, sobre los bienes de la comunidad de gananciales que dicen existir entre ambos, este tribunal lo declara n.....