Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA, y en consecuencia, SE DECLINA LA COMPETENCIA a favor de un Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Aragua.