Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL HABIDA ENTRE LAS PARTES a los fines de que alcance el carácter de cosa juzgada. Y como quiera que el mismo actor ha manifestado que se le ha dado cumplimiento a lo ofrecido por la demandada y aceptado por él, este Tribunal igualmente declara: TERMINADO el presente procedimiento. En consecuencia, ciérrese y archívese la presente pieza.
Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas procésales.