este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de La Judicatura, entréguese el presente expediente en original al funcionario encargado de la distribución llevada por este Tribunal a lo fines de su distribución en su oportunidad legal .-
Y vista la diligencia de fecha 31-10-2008, presentada por el Abogado MARIO ANTONIO LUGO, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte querellada y el pedimento contenido en la misma, se acuerda expedir copia certificada por secretaria de las actuaciones que rielan a los folios 257 al 264, del 425 al 445, al solicitante. Asimismo se acuerda expedir copia certificada por secretaria a la abogado en ejercicio ANA CARVAJAL, su carácter de Apoderada Judicial de la parte querellante, de todas las actuaciones que conforman el presente expediente y que rielan desde.....