En razón de todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROPONIBLE la falta de Jurisdicción alegada por el abogado JOSE TADEO HERRERA SILVA, Inpreabogado Nº 55.166, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BAGUETTES COFFEE & LUNCH, C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 20 de noviembre de 2017, bajo el Nº 13, Tomo 301-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-41068316-3. En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua y quien suscribe tienen Jurisdicción y competencia para conocer de las causas civiles tal y como lo es el caso de marras de Cumplimiento de Con.....