Vista la demanda que antecede, interpuesta por la ciudadana LUIGINA LOI CERASALE DE MESCHISI, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V- 7.259.934, debidamente asistida por la abogada en ejercicio YRAIDA SERRANO DE MESCHISI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 18.075 y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su acta de nacimiento. La mencionada acta corre inserta por ante la Prefectura José Antonio Páez del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, que corre inserta bajo en N° 164, tomo 1, del Año 1966. El error denunciado consiste en que se hizo una trascripción de apellidos en orden invertido, donde debe decir "LOI CERASALE" se transcribió erróneamente "CERASALE LOI". Para efectos probatorios el solicitante consignó copia certificada del acta de nacimient.....