D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Casgua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: JUAN JOSÉ LINARES ROSALES y YESENIA YOSELYN CARMONA, Venezolanos, mayores de edad, Títulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.116.961 y V-13.277.904, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vìnculo Conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Municipio Zamora del Estado Aragua, en fecha VEINTE (20) de DICIEMBRE del Mil Novecientos y Noventa y Siete (1997), segùn se evidencia en Partida de Matrimonio expedida por la prenombrada Prefectura, inserta bajo el Acta Nº 256, en los Libros del Registro Civil de MATRIMONIOS llevados durante el año Mil Novecientos Nov.....