Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada personalmente por el Ciudadano MARCO PAMATO CHILESE; Contra su Cónyuge, Ciudadana: ZULMI MARISELA OBANDO CONTRERAS, identificados suficientemente en autos. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído, en fecha VEINTE (20) de JULIO del año Dos Mil Dos (2002), constituido el Director de Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, Dr. Pablo Luís Figueroa Carpio con el Secretario; en el Barrio Sucre Las Delicias Maracay, según se evidencia en Acta de Matrimonio consignada y cursa a los folios: TRECE (13) y CATORCE (14) de la presente Solicitud, la cual se encuentra inserta bajo el Nº 3.....