Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar el inmueble que se identifica a continuación: un apartamento ubicado en la parte alta de la casa distinguida N° 4, de la Calle El Samán, Sector Santa Ana del Municipio Girardot Estado Aragua, en el mismo estado, en el cual lo recibió.
SEGUNDO: Pagar la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.700,oo), por concepto de canones de arrendamiento insolutos, correspondiente a los meses de OCTUBRE, NOVIEMBRE y DICIEMBRE DE 2007, ENERO, FEBRERO y MARZO de 2.008.
TERCERO : Al pago de la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 245,oo), correspondientes al servicio de Hidrológica del Centro desde Septiembre de 2007 hasta m.....