"...Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos RICHAR GOMEZ CAMPELO y ELISA JOSEFINA CASTELLANO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.235.821 y V-11.080.211, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio CARMEN RODRÍGUEZ SANTANA, Inpreabogado N° 35.526. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Agua Blanca, Distrtito Araure, del Estado Portuguesa, en fecha 20 de diciembre de 1986, anotado bajo el Nº 97, inserta a los Folios 100 (vto), 101 vuelto del mismo y frente del folio 102..."