"....Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos RAMONA JOSEFINA ALVAREZ MARTÍNEZ y JOSE RODRIGUEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.567.221 y V-7.251.326, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio NELSON ALEXANDER QUERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.379. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 18 de marzo de 1.989, anotado bajo el Nº 224, Tomo 02.-
En cuanto al hijo procreado este tribunal no tiene nada que decir por cuanto es mayor de edad.
No adquirieron bienes.-
Déjese copia certificada de la .....