D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de
la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de
dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos: OSCAR JOSE POLANCO RAMOS y MARIA ANTONIETA RABICHO SILVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-8.811.225 y V-9.432.039, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, según consta de la Copia Certificada del acta de matrimonio, de fecha 28 de marzo del año dos mil cuatro (2.004), ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Aragua, signada con el No. 051, folio 101, de los Libros de Reg.....