este Tribunal observa que el Apoderado Judicial de la parte Demandante Abogado JOSE LUIS LEDEZMA GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.278, en fecha 9 de octubre de 2007 consigna diligencia mediante la cual informa al Tribunal que la parte demandada AVICOLA COROMOTO C.A., dio total cumplimiento al monto condenado en sentencia dictada por este Despacho y que recibió a su entera y cabal satisfacción el pago hecho, es por ello que este Tribunal Octavo visto el acuerdo alcanzado entre las partes y el pago recibido por el demandante, deja expresa constancia que dicho acuerdo es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL al acuerdo transaccional alcanzado entre las partes de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de.....