Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Declarar la competencia de este Juzgado Superior Estadal para conocer de la presente causa.
SEGUNDO: Admitir el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano CARLOS ENRIQUE MIJARES ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.178.701, Asistido por el Abogado CARLOS ELIAS PARRA GONZALEZ, portador de la cedula de identidad N° V- 7.226.159, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 169.315, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA, en los términos expuestos en el presente fallo.
TERCERO: Se ordena notificar de la admisión de la demandada al ciudadano Alcalde del Municipio Libertador del Estado.....