... al no constar en autos elemento alguno que enerve el alegato de ausencia de pago por parte de la demandada, debe forzosamente este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por la ciudadana DORA GLADYS ARENAS DE ALVA contra NOHEVELIN ACILOES DE LA S. CADENAS FERNANDEZ, todos identificados; debiendo ésta ultima entregar el apartamento, libre de personas y cosas y sin daños ni deterioro del mismo. En cuanto al pago de la cantidad de Ciento Cuarenta y Cuatro Mil bolívares (Bs.144.000,00) por daños y perjuicios causados por todo el ingreso dejado de percibir por la falta de pago de los cánones de arrendamiento, el mismo no se le concede, de acuerdo a lo preceptuado en Sentencia de Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 04 de abril de 2003, caso: MAGALY GALLO DE PERDOMO. Así finalmente se decide.