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Decisiones del dia 23/02/2016

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 11.986-14 N° Sentencia : Fecha: 23/02/2016
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Opción De Compra-Venta
Partes:
JESUS ALBERTO HERNANDEZ GONZALEZ VS GABRIEL ANTONIO BENJAMÍN DEGWITZ TEJADA
Resumen:
Del análisis que se ha hecho se constata que la parte demandada no probó haber cumplido con sus obligaciones dentro del lapso señalado en la Cláusula Cuarta Contractual, tal como lo prevén los artículo 506 del Código de Procedimiento Civil y 1.354 del Código Civil, siendo deber de los jueces atenerse a lo alegado y probado en los autos sin poder extraer elementos de convicción no demostrados.- Probado como ha sido el incumplimiento de la parte demandada, la actora tenía a su elección la norma prevista en el artículo 1.167, del Código Civil, elegida como fue, la del cumplimiento acerca de las cláusulas Cuarta del contrato, debido a que se le atribuyó en el documento anexo al escrito libelar como es el contrato de opción de compra venta objeto del presente proceso. En aplicación de las anteriores consideraciones, se puede concluir que el contrato que originó el juicio es de opción de compra-venta, tal como concluye esta Juzgadora, por lo que al no cumplir el comprador con la cance.....
Juez/Ponente:
Isnelda Lourdes Mendia Villegas
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry
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N° Expediente : 12.230 N° Sentencia : Fecha: 23/02/2016
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
LOLIMAR QUIROZ ANZOLA Y WILLIAM ENRIQUE MORENO MORENO
Resumen:
Refiere el artículo 185-A del Código Civil, lo siguiente: "Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audiencia siguiente a la .....
Juez/Ponente:
Isnelda Lourdes Mendia Villegas
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry
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N° Expediente : 12.216 N° Sentencia : Fecha: 23/02/2016
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
ALIRIO RAMON RODRIGUEZ GONZALEZ Y MARIA LEDIDUZKA CARRILLO RAMOS
Resumen:
Refiere el artículo 185-A del Código Civil, lo siguiente: "Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar copia certificada de la partida de matrimonio. En caso de que la solicitud sea presentada por un extranjero que hubiere contraído matrimonio en el exterior, deberá acreditar constancia de residencia de diez (10) años en el país. Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge deberá comparecer personalmente ante el Juez en la tercera audiencia después de citado. Si reconociere el hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima audiencia siguiente a la comparecencia .....
Juez/Ponente:
Isnelda Lourdes Mendia Villegas
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry
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