DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos MARIANELLA CARDOZO CARRIZALES y ALEXANDER DAVID BOLIVAR, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-12.141.003 y V-11.978.695 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 28 de marzo de 2008, por ante el Registro Civil del Municipio Ocumare Costa de Oro, estado Aragua, según se desprende del Acta asentada bajo el N° 09, Folio 17 y 18, Año 2008, en los libros de Matrimonios llevados por ante el referido Registro.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio.....