DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos, LETICIA BEATRIZ GARCIA MARCANO y PEDRO MANUEL VARGUILLAS CARMONA venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nº V-5.393.454 y V-4.448.416 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unió desde el 10 de Marzo de 2008, según acta Nº 016, tomo A, del año 2008, por ante La Junta Parroquial Caña de Azúcar, Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor .....