Por las razones anteriormente expuesta, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos MANUEL JOSÉ PALENCIA ALDAZORO y YOJANA CRISTINA MARTÍNEZ MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.985.507 y V-14.829.339, respectivamente, En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil El Consejo Municipio José Rafael Revenga, del Estado Aragua, según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio signada bajo el N° 108, Folio 291, Tomo I, Año 1996, expedida por dicho Registro, en fecha veintitrés (23) de Noviembr.....