D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: CARMEN ALBELY RAMIREZ y JOSÉ LUÍS SILVA VIDAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nos V.- 8.821.661 y V.- 7.234.153..
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: 15 de noviembre de 2.013, por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, según se evidencia en el Acta de Matrimonio, la cual se encuentra inserta bajo el Acta bajo el Nº 418, Folio 171, Tomo: II, en los libros respectivos del año: 2.013, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en .....