Este Tribunal declara como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los Derechos sobre los bienes dejados por el Ciudadano ROGELIO SALOMON CAMARGO, quien en vida era titular de la cedula de identidad Nº V-4.136.216, a los ciudadanos: NAUDY MERCEDES CAMARGO, LAURA DEL VALLE CAMARGO, REINALDO NOVASOL CAMARGO, RAFAEL EMILIANO CAMARGO, FRANCISCO SAUL CAMARGO, CARMEN DOMITILA CAMARGO, RAMON DE JESUS CAMARGO; antes identificados, dejándose a salvo los derechos de terceros. Expídanse copias certificadas por Secretaría, que fueren menester al solicitante. Devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales a los interesados, a los fines de Ley, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. CUMPLASE. Dada, firmada y sellada en la Sala de este despacho, a los OCHO (08) días del mes de MAYO de dos mil Diecisiete (2017). Años: 206º de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA. .....