Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder la prórroga por un plazo de DIEZ (10) días, contados a partir del vencimiento del plazo fijado con anterioridad, es decir, a partir del día 11 de febrero de 2006, a fin de que la Fiscalia 18 del Ministerio Público concluya la investigación y dicte el acto conclusivo correspondiente, todo de conformidad con lo señalado en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ ,
DRA. JUDITH SAN MATIN
LA SECRETARIA,
ABOG. CARMEN ELENA RAMIREZ
Seguidamente se le dio fiel cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA,
ABOG. CARMEN ELENA RAMIREZ