DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Único en función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el CESE DE LA MEDIDA PRIVACION DE LIBERTAD, en virtud del cumplimiento total de la misma, y consecuencialmente, ORDENA librar la respectiva BOLETA DE LIBERTAD PLENA, a favor del ciudadano, D.G.C.M (IDENTIDAD OMITIDA), en lo que respecta a la causa EA-3196-16, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO Y USO DE FASCIMIL DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en los artículos 458 del Código Penal y 114 de la Ley para el Control Desarme de Armas y Municiones, conforme con la norma 645 de la Ley que regula esta.....