INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer y tramitar la presente causa, distinguido con el Asunto N° DP11-0-2012-000021, nomenclatura propia de este Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua; conforme a lo establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica del Trabajo; por lo que se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, a los fines de que conozca la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por ciudadanos: CIRO BURGOS, NANCY MOLINA, ALICIA SANDOVAL Y OTROS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.986.097, V-7.102.484 y 8.726.957, respectivamente; de este domicilio; trabajadores activos de la Sociedad Mercantil INVERSORA SUPER LIDER C.A., contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANASIO GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, LINARES ALCÁNTARA, SANTIAGO MARIÑO, COSTA DE ORO Y LIBERTADOR.....