PRIMERO: CON LUGAR la DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano ANTONIO JOSÉ PÉREZ RODRIGUEZ; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.334.936 y de este domicilio contra CENTRO DOCENTE CARDIOLÓGICO BOLIVARIANO ARAGUA, Asociación Civil inscrita por ante el registro Principal del Estado Aragua, en fecha 16 de marzo de 2006, bajo el N° 38, folios 206 al 221, Protocolo Primero, Tomo 6; y se CONDENA a la parte demandada, antes identificada, a cancelar al ciudadano ANTONIO JOSÉ PÉREZ RODRIGUEZ, antes identificado, la suma de BOLIVARES FUERTES CATORCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 14.791,54), por concepto de prestación de antigüedad e intereses, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado, bonificación de fin de año, indemnizaciones por despido, cuantificados y señalados en la parte motiva del presente fallo. Cantidades estas que serán indexadas conforme a los.....