PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, de permitir a la parte presuntamente agraviada, el ciudadano JOSE LORENZO HERNANDEZ CARVALLO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-8.784.939, quien actúa en nombre propio y representación de la Sociedad Mercantil "HERCAR, C.A", inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua, anotada bajo el N° 75, Tomo 6-B, Expediente: P003666 MOD, de fecha 01 de Octubre de 1979, registro de información fiscal J-075291743, como presidente ejecutivo, el acceso a la azotea del CENTRO COMERCIAL INTERCOMUNAL CENTER, ubicado en la Avenida intercomunal Maracay- Turmero, piso 1, oficina 1-5,1-6 y 1-12 Sector la Morita I, al lado del Euro Mercado, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, así como permitir el arreglo de los sistemas de aire acondicionado y sistema eléctrico de las oficinas arrendadas y el uso de estos; hasta la sentencia definitiva que resuelva el mérito de la presente acción de Amparo Constit.....