Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL ACUERDO TRANSADO entre los ciudadanos por los ciudadanos YURIMA MAGALLY AVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.566.055, con numero de teléfono 0414-4672546, con el carácter de representante de la Sucesion JOSE SANTIAGO ALVAREZ MALDONADO, según R.I.F. J-29771863-0, conformado por los ciudadanos ALVAREZ RIOS SANTIAGO JESUS, ALVAREZ VALERAJOSE SANTIAGO, ALVAREZ VALERA NAITIANA, ALVAREZ AVILA ALEJANDRA DEL CARMEN, ALVAREZ AVILA LEANDRO JOSE, ALVAREZ YUSTI FRANCY ANGELICA, ALVAREZ AVILA NELSON ANTONIO, ALVAREZ AVILA YUSANA VANESSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de .....