Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
1.- VÁLIDAS las renuncias a los cargos que venían ocupando en la Notaria Pública Quinta de la ciudad de Maracay estado Aragua, suscritas por los ciudadanos Nahir Nayan Piñeiro Girón, Isvelia Regina Escobar Perdomo, Gladys Trinidad Domínguez, Yuli Yaritza Moreno Pineda, y Mario Alexander Guerrero Reina, titulares de las cedulas de identidad números V- 11.980.065, V- 7.191.118, V-3.847.554, V- 9.875.217 y V- 12.564.301, respectivamente; de conformidad con la parte motiva del presente fallo.
2.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado, por los ciudadanos NAHIR NAYAN PIÑEIRO GIRON, ISVELIA REGINA ESCOBAR PERDOMO, GLADYS TRINIDAD DOMINGUEZ, YULI YARITZA MORENO PINEDA y MARIO ALEXANDER GUERRERO REINA, venezolanos, mayores de edad, .....