ESTE TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL DE LA SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, donde aparece como imputado el ciudadano -------------------------------, hijo de -----------------------------, de conformidad con lo establecido en los artículos 561 literal "d" y 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 48 ordinal 8º, 108 ordinal 7° y 318 ordinal 3º, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación supletoria del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ
ABG. MARIA CLARET MUÑOZ LUGO
LA SECRETARIA
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