Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 18 de octubre de 2017, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ALIRIO JOSÉ RAMIREZ, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil BZS CONSTRUCCIÒN, S.A., ya identificada, y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar al demandante, la cantidad de Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 250.000,00) por concepto de daño moral. TERCERO: Se condena en costas del recu.....