Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; DECRETA EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a favor del penado JOSE ALFREDO PRADO, quien es Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.721.720, de profesión u oficio indefinida, hijo de Noris del Valle Prado (v) y padre no identificado, domiciliado en el Sector Brisas del Morichal, Calle 04, Casa N° 07, Maturín, Estado Monagas; quien deberá pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario "Francisco de Miranda", ubicado en esta ciudad; y cumplir con las obligaciones impuestas, las cuales fueron descritas en el capitulo anterior. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.