or las razones antes expuestas, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE ROJAS TRUJILLO, quien figura como (víctima) de autos, debidamente asistido por el Abogado NESTOR ALFONSO RONDON titular de la cedula de identidad N° V-3.499.213 inpreabogado N° 11.134, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha veintiocho (28) de junio del año dos mil veinticuatro (2024); por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la causa signada bajo el Nº 6C-SOL-4781-2023 de conformidad con el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO Se DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación presentado por el ciudadano RAFAEL ENRIQUE ROJAS TRUJILLO, quien figu.....