Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que conforman la causa N° 2C-38.413-21, este Tribunal Segundo en función de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la aprehensión de los ciudadanos 1.- RICHID RAFAEL RIVERO SILVA titular de la cedula de identidad N° V-,25.635.250 2.- RICHARD RAFAEL RIVERO PINTO titular de la cedula de identidad N° V-,12.994.421, 3.- MICHAEL DANIEL RIVERO SILVA titular de la cedula de identidad N° V-,25.635.267, 4.-VICTOR DEISON SILVA MARTINEZ titular de la cedula de identidad N° V-, 27.453.973 5.- DERVINSON ABRAHAM SILVA MARTINEZ titular de la cedula de identidad N° V-INDOCUMENTADO, como FLAGRANTE, de conformidad con el artículo 234 del código orgánico procesal penal SEGUNDO: Se acuerda continuar la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO, conf.....