Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de
los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y en nombre de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentó el ciudadano AMABILES VICENTE TRUJILLO HERRERA, contra el Ciudadano ARGENIS JOSE SANDOVAL, este en su carácter de ARRENDATARIO y el primero en su carácter de ARRENDADOR, de un inmueble compuesto por terreno y una casa construida sobre el mismo, ubicado en el Barrio San José, Cuarta Avenida, Parroquia Crespo, Municipio Girardot, Maracay Estado Aragua, signado con el número 371, cuyos linderos y medidas son: NORTE: Con terreno municipal, en 10 metros,
SUR: Con la cuarta avenida, en 10,50 metros; ESTE: Terreno municipal, ahora con casa de DI SILVO ANGELO, en 25 metros, y OESTE: Con terreno municipal, ahora con casa de LINO FIGUEROA, 25 metros.
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