DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos GAUDENCIO JESUS BLANCO PEREZ y MILAGROS COROMOTO MEDINA GARCIA, antes identificados y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL, existente entre ellos desde el día 29 de Diciembre de 1.986, según consta en copia certificada de Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº.19, folio 23, del Libro de Registro de Matrimonios llevados por ante la Junta Parroquial de San Francisco de Asís, Dependencia de la alcaldía del Municipio Zamora del Estado Aragua, durante el año 1.986, que hoy se encuentran a resguardo ante la Dirección de Registro Civil de San Francisco de Asís, Municipio Zamora del estado Aragua.
Publíquese y regístr.....