-II-
DECISIÓN
Por todas las consideraciones antes hechas este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY, por autoridad que le confiere la ley: PRIMERO: ACUERDA DEJAR SIN EFECTO EL LLAMAMIENTO DEL TERCERO, y en consecuencia, SE ORDENA LA CONTINUACIÓN DE LA PRESENTE CAUSA. SEGUNDO: SE ORDENA LA NOTIFICACIÓN DE LAS PARTES, y una vez conste la consignación del alguacil con resultado positivo, la secretaria certificará dicha actuación y se advertirá a las partes de la INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en la presente causa, la cual tendrá lugar el DECIMO (10º) DIA HÁBIL SIGUIENTE a la respectiva certificación emitida por la secretaría del despacho, a las 10:00 a.m, previo el computo de un día continuo que se le concede como termino de la distancia como se estableció en el auto de admisión emitido en fecha 09 de octubre de 2013. Así se establece.
Dada, firmada y sellada, en.....