Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos ERICK JOSE CEDEÑO MELLAO Y ERIKA MERCEDES VILLANUEVA BRITO , mayores de edad, venezolanos, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-12.000.150 Y V-12.122.056 respectivamente.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron, en fecha siete (07) de octubre del año 1995, según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por el Registro Civil Municipio José Rafael Revenga, el concejo estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo el Acta nº171, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por dich.....