V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil , Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se confirma la decisión de fecha 23 de enero de 2006, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en los términos expuestos en la motiva de este fallo, la cual subió a esta Superioridad para su Consulta Obligatoria, de conformidad a lo establecido en el artículo 739 del Código de Procedimiento Civil, sobre la inhabilitación del ciudadano JOSE FELIX GUEVARA GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.150.280 y en consecuencia la revocatoria como curadora en la persona de su cónyuge la ciudadana FRANCYS DALEZ SANCHEZ DE GUEVARA, titular de l.....