Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NO ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA y por ende, DECLARA SU INCOMPETENCIA para conocer del procedimiento que por HONORARIOS PROFESIONALES DE EXPERTO tiene incoado la Lic. JUDITH DEL CARMEN RATTIS DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.063.115, e inscrita en el C.P.C. bajo el N° 67.785, en contra de la Sociedad Mercantil: CORPORACION KIOTO C.A., derivados del procedimiento principal que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS PASIVOS, fue interpuesto por la ciudadana: JAKELIN YAMILET BARRETO PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.691.492, en contra de la referida Sociedad Mercantil, y en consecuencia, se plantea un C.....