Por todos los argumentos de hecho y derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Inadmisible el recurso de nulidad del acto administrativo efectos particulares Providencia Administrativa Nº 00134-13, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua del Estado Aragua, con sede en Cagua, de fecha 31 de julio de 2013, en procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos intentado por el ciudadano JUAN CARLOS ALVAREZ, cedula de identidad Nº V-11.984.984, contra la Entidad de Trabajo TRANSPORTE 96, C.A..