En atención a lo antes expuesto y al contenido del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en la presente solicitud, en los términos expuestos, se ordena la culminación de la presente solicitud y la entrega de sus resultas a los solicitantes. CUMPLASE.-
Como consecuencia de dicho desistimiento, se deja sin efecto la decisión dictada por éste Juzgado en fecha 02 de octubre de 2009, así como los oficios Nros. AH14-0953 Y AH14-0954, dirigidos al Banco de Desarrollo Económico y Social del Venezuela (BANDES) y al Banco Central de Venezuela (BCV), ordenándose librar nuevos oficios a fin de comunicarles la presente decisión. ASI SE DECIDE.-