Vistas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia y a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa de las partes, y en búsqueda de una tutela judicial efectiva declara PRIMERO: la EXTENSION, de la obligación de manutención que el ciudadano LUIS ALBERTO HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-10.363.759, debe suministrar a su hijo LUIS ANIBAL HERNANDEZ ALTUVE, cuyo monto fue prefijado en la sentencia de fecha 30 de Abril de 2009.-SEGUNDO: El beneficiario debe consignar la constancia de inscripción para el año 2013.-REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La Victoria, seis (06) días del mes de Agosto de 2012. Años: 202º de la Independencia y 153 de la Federación.