Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la Querella Funcionarial (Nulidad de Acto Administrativo), interpuesta por el ciudadano PEDRO RAFAEL MONROE SILVEIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.378.507, estando asistido por la abogada JOHANA DÍAZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 109.589, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS.
En consecuencia se ordena notificar a la parte recurrente y al Síndico Procurador Municipal del Municipio Maturín del estado Monagas, de conformidad con el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, de la sentencia.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
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