En virtud a la motivación expresada, este juzgado Cuarto de Municipio, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO intentaron INVERSIONES LOMA FRESCA C.A Y TERPSICORE C.A contra HENRY LEONARDO D´ STEFANO y condena a la parte demandada:
PRIMERO: A la resolución del contrato suscrito en fecha 1 de febrero de 1.992 sobre el galpón distinguido con el Nº 2, ubicado en la Margen izquierda de la Carretera Nacional Petare Santa Lucía, Km. 15 Los Mariches, Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda y como consecuencia de ello deberá entregarlo a la parte actora, completamente desocupado.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.