Por tales razones este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA Y SU EXTINCION la demanda de Daño Moral, incoada por la ciudadana EVELING MARÍA RIVAROLI BELTRAN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.618.247, domiciliada en Turmero, Estado Aragua contra el ciudadano NELSON DANILO VILORIA VILORIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.458.769, domiciliado a en La Victoria, Estado Aragua.-