El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los mencionados ciudadanos y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos ANA ROSA ROMERO, ROSSANA KARINA HERRAT ROMERO y JOSE GREGORIO HERRAT ROMERO actuando en su carácter de esposa la primera de los nombrados y el resto en su carácter de hijos del difunto, JOSE GREGORIO HERRAT ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-7.188.721, y de este domicilio y quien falleció ab-intestato, el día 27 de abril de 2013, según consta en los Libros de Registro Civil de Defunciones llevados por ante el Registro Civil del Mu.....