Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: TEMPESTIVA la solicitud de aclaratoria formulada, en fecha 05 de mayo de 2015, por la ciudadana abogada Ana Tortolero Velásquez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 9.915, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte querellante, sobre fallo dictado por este Tribunal Superior, de fecha 29 de abril de 2015, en el cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, en contra de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, la solicitud de aclaratoria la sentencia dictada por este Tribunal Superior, en fecha 29 de abril de 2015.