Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda de Pensión Alimentaría, presentada en fecha 31 de Marzo de 2003, por la ciudadana MARIA ESABEL OROZCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 16.344.673, domiciliada en la Calle El Esfuerzo N°: 195, Bello Monte II, Parroquia Zuata, Municipio José Felix Ribas del Estado Aragua, actuando en nombre y representación de sus hijos ***** y ^^^^, contra el ciudadano OSCAR VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.362.242, domiciliado en la calle Aparicio, Casa N°: 16, Mamón Mijao, Parroquia Zuata, Municipio José Felix Ribas del Estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el articulo 267 del código de procedimiento civil, en su primer aparte.
Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en cos.....